Veedurías ciudadanas
Las veedurías ciudadanas son un mecanismo para el ejercicio el control social, que le permite a los ciudadanos y a las diferentes organizaciones vigilar la gestión pública de las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, y de las organizaciones no gubernamentales de carácter nacional e internacional que operen en el país, siempre que ellas tengan a cargo la ejecución de un programa, proyecto, contrato o la prestación de un servicio público.


De acuerdo con el artículo 3° de la Ley 850 de 2003, corresponde a las Personerías Municipales o Distritales, la inscripción, reconocimiento y registro de las Veedurías Ciudadanas, por lo cual, en cumplimiento del principio de publicidad, se procede a la publicación del mismo.
En la Personería de Montería, su solicitud para el registro de la veeduría ciudadana será tramitada por la Unidad Delegada para la Guardia y Protección de los Derechos Humanos.
Para mayor información le recomendamos leer el “ABC de las veedurías ciudadanas”, donde encontrará todo lo relacionado con los requisitos, competencias, funciones, prohibiciones y demás puntos de interés, de acuerdo a lo establecido en la Ley