Relación de los organismos de control del Estado facultados constitucional y legalmente para ejercer la vigilancia fiscal, disciplinaria y administrativa sobre la Personería Distrital de Montería.
La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.
“El control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales y municipales y conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en la presente Ley”.
La Contraloría General de Córdoba ejerce el control fiscal como una función pública que vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes en la jurisdicción del departamento de Córdoba.
La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
Ejerce, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y el Código General Disciplinario, el control disciplinario preferente sobre los servidores públicos, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones.
De igual manera, ejerce la defensa del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales de la sociedad, así como la suprema dirección del Ministerio Público del cual hacen parte los personeros municipales y distritales.